Inspección ocular
La jornada del
lunes 5 de octubre de 2015 comenzó alrededor de las 10 hs. con la visita a los
sitios en los que las víctimas de este juicio permanecieron secuestradas.
Participaron los jueces e integrantes del tribunal, la fiscalía, los abogados
defensores y querellantes, testigos, familiares y medios de prensa.
Escuela Naval
Militar, Isla Santiago
El punto de reunión
para iniciar la inspección fue el muelle que la Escuela Naval Militar posee
junto a la entrada del Astillero Río Santiago en Ensenada.
Es un pequeño
terreno, con un estacionamiento descubierto y otro cubierto; en este se
encontraban estacionados varios micros. Desde este lugar se podía observar una
rampa que descendía hasta el río, ubicada frente a uno de los talleres del
Astillero. Desde otra rampa más pequeña la comitiva abordó una lancha que cruzó
el canal y se dirigió al muelle de la Escuela Naval Militar, emplazada en la
Isla Santiago desde 1943. A poco de descender, los testigos fueron unánimes al
afirmar que al ser secuestrados no habían sido llevados allí.
Desde el muelle se
podían observar en la costa de enfrente una serie de edificios que habían
formado parte de los talleres navales primero y luego del Liceo Naval
"Almirante Brown". También un puente flotante que une el predio de la
Escuela con el del Liceo.
Liceo Naval
"Almirante Brown", Isla Santiago
Después de embarcar
nuevamente en la lancha y rodeando la costa de la isla, aquella se dirigió al
predio que ocupó en el pasado el Liceo Naval. Desde el agua podían verse los
edificios en donde este había funcionado, algunos en mal estado y abandonados.
Contrastaba con ellos la actividad que se desplegaba en el edificio en el que
alguna vez se dictaron clases; una pala mecánica limpiaba el terreno de ramas y
malezas, hombres y mujeres limpiaban las ventanas y pintaban el exterior de la
construcción.
Se pudo acceder a
aquel lugar subiendo por una escalera de material, sin baranda ni muelle.
Después de caminar unos pocos metros uno de los testigos recordó que cuando
estuvo allí secuestrado había tropezado con unas "vías". Allí mismo
estaban: oxidadas, angostas, bastante tapadas por la tierra, el pasto y el
cemento. El personal del lugar explicó que cuando las instalaciones del Liceo
funcionaban a pleno se transportaban por el islote con "zorras".
A poco de andar los
testigos reconocieron uno de los edificios como aquel en donde habían
permanecido secuestrados. En su época había funcionado como alojamiento para
los suboficiales; hoy se encontraba en ruinas, con muchas ventanas tapiadas.
Por dentro había una espesa capa de basura, hojas y suciedad. A pesar de no
contar con luz eléctrica para poder inspeccionar adecuadamente el lugar, los
testigos pudieron ver que el interior del edificio había sido modificado. Era
evidente que se habían levantado paredes divisorias en algunos ambientes,
siendo estas de construcción reciente. También se pudo ver que la edificación
contaba con un sótano, hoy inundado.
Si bien ya se había
realizado una inspección en el sitio y los testigos habían reconocido el lugar como
el de su secuestro, se hizo evidente que ninguna medida fue tomada para
proteger el lugar de su destrucción y la posible pérdida de pruebas.
El Liceo funcionó
en aquellos terrenos entre 1947 y mediados de la década del ´90; actualmente
tiene su sede en la localidad de Vicente López. Hoy se encuentran reparando
algunas instalaciones para que funcione un Centro de Coordinación de Rescate
Marítimo.
Al terminar el
recorrido por el lugar, la lancha se dirigió directamente al muelle junto al
Astillero Río Santiago. El trayecto entre el Liceo y aquel fue corto, no más de
diez minutos.
Prefectura Naval La
Plata, Ensenada
Luego la inspección
continuó en la sede de la Prefectura Naval La Plata, ubicada en la intersección
de las calles Ortiz de Rozas y Gilberto Gaggino de Ensenada, a metros del río.
Se realizó un breve
recorrido por el interior de uno de los edificios. Por fuera es una
construcción antigua, con techos de tejas rojas, tipo chalet. Por dentro se
pudieron ver varias oficinas pequeñas que están en pleno uso.
Los testigos
reconocieron la puerta de entrada a las instalaciones, el pasillo y una
habitación grande, en donde al ser secuestrados permanecieron parados con los
brazos en alto. También advirtieron que el piso fue cambiado en algunos
sectores. No se inspeccionaron el resto de las edificaciones ni se buscó el
patio del que muchos sobrevivientes hablaron, ni los bancos de cemento en los
que permanecieron sentados.
Por otra parte,
personal de la Prefectura confirmó que aquellas dependencias cuentan con acceso
directo al río y la posibilidad de embarcarse a una distancia no muy lejana.
También en este
lugar se pudo observar que no existe ninguna señal que indique que aquel lugar
fue utilizado para torturar y alojar personas secuestradas. Tampoco pudo observarse
ninguna medida que tienda a resguardar el lugar de posibles modificaciones.
Hospital Naval Río
Santiago, Ensenada
El tercer lugar
visitado fueron las instalaciones de lo que alguna vez fue el Hospital Naval
Río Santiago, cuyo predio se encuentra entre las calles 129, 53, 126 y 51 de la
ciudad de Ensenada.
El Director
Ejecutivo del Hospital Zonal Especializado en Crónicos “El Dique”, Jorge
Fernández Alsina, explicó que allí había funcionado el Hospital Militar hasta
1996, año en que fue abandonado el predio por la Armada. De a poco se fueron
instalando otras instituciones sanitarias en los diversos edificios. Hoy
funcionan allí el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de la
Provincia de Buenos Aires, un centro de Rehabilitación Cardio-Respiratoria y
Neuro-Ortopédica y la Región Sanitaria XI.
Se pudo observar
que los edificios son antiguos, se encuentran esparcidos en un terreno inmenso
y el estado de mantenimiento varía entre ellos. Hay varios pabellones de dos o
tres pisos y un horno que antiguamente se utilizaba para la quema del material
del hospital y era la fuente de calor para el sistema de calefacción por
caldera. Uno de los testigos reiteró que creía que allí se quemaron restos
humanos durante la dictadura.
El Hospital Naval
Río Santiago comenzó a funcionar en 1918. Antes el terreno de este lindaba con
el del Batallón de Infantería de Marina 3; apenas estaban separados por un
alambre. Hoy se encuentran separados por una calle interna que da acceso al helipuerto
de la gobernación de la Provincia de Buenos Aires.
No se
inspeccionaron los edificios ni se vio ninguna placa o señalamiento que
indicara que en aquel hospital permanecieron personas secuestradas durante la
última dictadura.
Batallón de
Infantería de Marina 3 "Eleazar Videla", Ensenada
El último lugar
inspeccionado fue el predio en donde antes se erigió el Batallón de Infantería
de Marina 3, en el terreno ubicado en las calles 126, 53, 122 y 51 de la ciudad
de Ensenada.
El BIM 3 funcionó
en ese terreno entre 1940 y 2000, año en el que todos los edificios fueron
destruidos. Sólo se conservan en el presente parte del muro perimetral, las
garitas de guardia y un letrero en lo que era la entrada al predio. En los
últimos años se han construido allí edificios para la Facultad de Psicología y
la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad
Nacional de La Plata.
En la inspección
sólo pudo comprobarse la cercanía de unas vías por las que transitaba un tren
desde la estación de La Plata hasta Ensenada, hoy con una frecuencia irregular.
El testigo Mario Alberto Peláez indicó en un plano el lugar al que había sido
llevado para ser torturado, señalando en la distancia dónde estaba ubicado el
mismo dentro del predio.
En este lugar
existe algún tipo de señalización sobre el funcionamiento en el predio de un
Centro Clandestino de Detención, pero no quedó ninguna edificación.
Pedido de
ampliación de la acusación
Por la tarde, ya en
la sala de audiencias, se escucharon las palabras del defensor oficial Gastón
Barreiro en respuesta al pedido de ampliación de la acusación que realizó la
querella representada por Pía Garralda y Nicolás Tassara en la audiencia
anterior.
Barreiro, en
representación de Luis Rocca y Carlos José Ramón Schaller, solicitó que el
tribunal rechace el pedido de la querella con argumentos similares a los
expuestos en el anterior pedido de ampliación de la acusación formulado por la
abogada querellante Guadalupe Godoy. En esta oportunidad dijo compartir
parcialmente la postura del Ministerio Público Fiscal y citó el voto del juez
Germán Castelli en la resolución del pedido anterior. También solicitó que se
revoque el nuevo procesamiento que pesa sobre José Casimiro Fernández Carró
pues, según dijo, en la instrucción se le dictó falta de mérito en su
intervención en los delitos cometidos en perjuicio de Reyna Ramona Leguizamón.
Por su parte, Juan
José Barragán, defensor de Eduardo Antonio Meza, adhirió a los argumentos de la
defensa oficial.
El tribunal rechazó
el planteo de revocatoria de la defensa oficial y pasó a deliberar. Horas más
tarde dieron a conocer su decisión. Reseñaron que la querella representada por
Oscar Rodríguez adhirió parcialmente al pedido de ampliación de la acusación
que pesa sobre Carlos José Ramón Schaller por los casos de Roberto Miguel
Aguirre, Jorge Alberto Arri y Alberto Oscar Lannoo y a Luis Rocca por el de
Luis Eduardo Bloga.
También hicieron
referencia al escrito presentado por el Ministerio Público Fiscal. En él los
fiscales dijeron que hay una causa abierta en la que se investigan hechos
similares a los juzgados aquí perpetrados también por la Armada y la
Prefectura; en esa causa se investigan los delitos cometidos en perjuicio de
Juan Alejandro Aguirre, Miguel Reinaldo Aguirre, Roberto Miguel Aguirre, Jorge
Estanislao Bogusas, Manuel Carrete, Luis Ricardo Córdoba, Ana María Nievas y
Rosa Francisca Nievas por lo que deben seguir investigándose allí y no en este
juicio. Consideraron que los delitos cometidos en perjuicio de Luis Eduardo
Bloga y Alberto Oscar Lannoo no están relacionados con los hechos tratados aquí
y, finalmente, señalaron que correspondería ampliar la acusación únicamente por
el caso de Jorge Alberto Arri; este había sido incluido en el juicio, pero el
único imputado por los delitos cometidos en su contra falleció. No dijeron nada
sobre José Luis Dervaric.
A continuación la
secretaria del tribunal leyó la decisión del juez César Álvarez, quien
consideró que los hechos por los que se solicitó la ampliación de la acusación
están relacionados con los que llegaron a juicio y que los elementos
presentados por la querella eran suficientes para realizar la acusación. A su
vez, el juez Carlos Alberto Rozanski adhirió a los dichos de Álvarez y agregó
que:
"la
presentación realizada por la querella encabezada por ¡Justicia Ya! debe ser
interpretada en el contexto del derecho de la víctima al debido proceso en el
paradigma actual de los derechos humanos que rige estos juicios y que es
idéntico al que tienen derecho los imputados, paradigma que además de los
delitos de lesa humanidad y por mandato constitucional (...) debe imperar en
todos los procesos penales que se lleven a cabo en nuestro país. Así, cuando la
querella explica en profundidad la esencia del razonamiento por el cual invocan
el derecho a ampliar la imputación, este no es otro que el derecho de las
víctimas a un debido proceso real, no aquel que los viejos dogmas anteriores al
modelo actual en vigencia desarrollaban, donde se sacrificaba la víctima en
aras del debido proceso que sólo, y por razones puramente teóricas y
retrógradas, otorgaba garantías a los acusados. Entiendo que la argumentación
de la fiscalía carece de razón, toda vez que el planteo de los querellantes
debe ser leído en el contexto de la definición de Foucault de responsabilidad
del derecho como productor de verdad; porque si en nombre de supuestas
garantías se le niega a las víctimas el derecho de esa verdad -y es obvio que
enviar los planteos a la instancia anterior donde dormirán el sueño de los
justos es profundamente injusto- esos derechos invocados por el Ministerio
Público Fiscal no producen verdad y por esa razón el proceso no termina siendo
justo para el conjunto de las víctimas".
Finalmente, el juez
Germán Castelli opinó que no debía hacerse lugar al pedido de ampliar la
acusación con idénticos argumentos a los expresados en su anterior resolución.
Por lo tanto, por
mayoría de los jueces Álvarez y Rozanski se amplió la acusación que pesa sobre
Eduardo Antonio Meza y Carlos José Ramón Schaller por privación ilegal de la
libertad cometida por funcionario público en abuso de sus funciones, agravada
por haberse cometido con violencia o amenazas, y aplicación de tormentos
agravada en perjuicio de los hermanos Juan Alejandro, Miguel Reinaldo y Roberto
Miguel Aguirre, Jorge Alberto Arri, Jorge Estanislao Bogusas, Manuel Carrete,
Luis Ricardo Córdoba, José Luis Dervaric, Alberto Oscar Lannoo, y las hermanas
Ana María y Rosa Francisca Nievas.
También aceptaron
acusar a Luis Rocca por la privación ilegal de la libertad cometida por
funcionario público en abuso de sus funciones, agravada por haberse cometido
con violencia o amenazas, y aplicación de tormentos agravada en perjuicio de
Luis Eduardo Bloga.
Declaraciones
indagatorias
A continuación se
hicieron saber las nuevas imputaciones y se indagó a los imputados Roberto
Eduardo Fernando Guitián, Carlos José Ramón Schaller, Eduardo Antonio Meza y
Luis Rocca. En ese orden los cuatro acusados se negaron a declarar; solamente
Schaller agregó que negaba los hechos que se le imputan y se declaró inocente.
Por otra parte, el
tribunal hizo saber que al regresar de la inspección ocular al mediodía, la
defensa de José Casimiro Fernández Carró presentó un certificado médico según
el cual el acusado no podría prestar declaración indagatoria por presentar un
cuadro de faringitis y bronquitis. El presidente del tribunal reconvino a la
defensa por no haber informado antes sobre esta situación. El abogado Barreiro
aclaró que también la defensa tomó conocimiento de aquella situación en forma sorpresiva.
El tribunal
resolvió por mayoría de los jueces Álvarez y Rozanski dirigirse al domicilio
del imputado a fin de tomarle declaración indagatoria. El juez Castelli opinó
que no correspondía hacerlo por una cuestión humanitaria, que la declaración no
revestía urgencia y que podría hacerse en otra fecha o ir con un médico para
verificar la situación. Por lo tanto, acordaron que los jueces, la defensa, la
fiscalía y las querellas que quisieran realizar preguntas se trasladaran hasta
el domicilio de Fernández Carró.
Asimismo, se dio
por concluida la etapa de declaraciones testimoniales, habiéndose escuchado un
total de cincuenta y ocho testigos. Las partes no presentaron objeciones a la
incorporación por lectura de prueba y acordaron tomar conocimiento por escrito
de la nueva documentación recibida por el tribunal.
La próxima
audiencia fue convocada para el miércoles 7 de octubre a partir de las 9.30 hs.
Se prevé escuchar el alegato del Ministerio Público Fiscal.
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