miércoles, 28 de octubre de 2015

Audiencia 13

Inspección ocular
La jornada del lunes 5 de octubre de 2015 comenzó alrededor de las 10 hs. con la visita a los sitios en los que las víctimas de este juicio permanecieron secuestradas. Participaron los jueces e integrantes del tribunal, la fiscalía, los abogados defensores y querellantes, testigos, familiares y medios de prensa.

Escuela Naval Militar, Isla Santiago
El punto de reunión para iniciar la inspección fue el muelle que la Escuela Naval Militar posee junto a la entrada del Astillero Río Santiago en Ensenada.
Es un pequeño terreno, con un estacionamiento descubierto y otro cubierto; en este se encontraban estacionados varios micros. Desde este lugar se podía observar una rampa que descendía hasta el río, ubicada frente a uno de los talleres del Astillero. Desde otra rampa más pequeña la comitiva abordó una lancha que cruzó el canal y se dirigió al muelle de la Escuela Naval Militar, emplazada en la Isla Santiago desde 1943. A poco de descender, los testigos fueron unánimes al afirmar que al ser secuestrados no habían sido llevados allí.
Desde el muelle se podían observar en la costa de enfrente una serie de edificios que habían formado parte de los talleres navales primero y luego del Liceo Naval "Almirante Brown". También un puente flotante que une el predio de la Escuela con el del Liceo.

Liceo Naval "Almirante Brown", Isla Santiago
Después de embarcar nuevamente en la lancha y rodeando la costa de la isla, aquella se dirigió al predio que ocupó en el pasado el Liceo Naval. Desde el agua podían verse los edificios en donde este había funcionado, algunos en mal estado y abandonados. Contrastaba con ellos la actividad que se desplegaba en el edificio en el que alguna vez se dictaron clases; una pala mecánica limpiaba el terreno de ramas y malezas, hombres y mujeres limpiaban las ventanas y pintaban el exterior de la construcción.
Se pudo acceder a aquel lugar subiendo por una escalera de material, sin baranda ni muelle. Después de caminar unos pocos metros uno de los testigos recordó que cuando estuvo allí secuestrado había tropezado con unas "vías". Allí mismo estaban: oxidadas, angostas, bastante tapadas por la tierra, el pasto y el cemento. El personal del lugar explicó que cuando las instalaciones del Liceo funcionaban a pleno se transportaban por el islote con "zorras".
A poco de andar los testigos reconocieron uno de los edificios como aquel en donde habían permanecido secuestrados. En su época había funcionado como alojamiento para los suboficiales; hoy se encontraba en ruinas, con muchas ventanas tapiadas. Por dentro había una espesa capa de basura, hojas y suciedad. A pesar de no contar con luz eléctrica para poder inspeccionar adecuadamente el lugar, los testigos pudieron ver que el interior del edificio había sido modificado. Era evidente que se habían levantado paredes divisorias en algunos ambientes, siendo estas de construcción reciente. También se pudo ver que la edificación contaba con un sótano, hoy inundado.
Si bien ya se había realizado una inspección en el sitio y los testigos habían reconocido el lugar como el de su secuestro, se hizo evidente que ninguna medida fue tomada para proteger el lugar de su destrucción y la posible pérdida de pruebas.
El Liceo funcionó en aquellos terrenos entre 1947 y mediados de la década del ´90; actualmente tiene su sede en la localidad de Vicente López. Hoy se encuentran reparando algunas instalaciones para que funcione un Centro de Coordinación de Rescate Marítimo.
Al terminar el recorrido por el lugar, la lancha se dirigió directamente al muelle junto al Astillero Río Santiago. El trayecto entre el Liceo y aquel fue corto, no más de diez minutos.

Prefectura Naval La Plata, Ensenada
Luego la inspección continuó en la sede de la Prefectura Naval La Plata, ubicada en la intersección de las calles Ortiz de Rozas y Gilberto Gaggino de Ensenada, a metros del río.
Se realizó un breve recorrido por el interior de uno de los edificios. Por fuera es una construcción antigua, con techos de tejas rojas, tipo chalet. Por dentro se pudieron ver varias oficinas pequeñas que están en pleno uso.
Los testigos reconocieron la puerta de entrada a las instalaciones, el pasillo y una habitación grande, en donde al ser secuestrados permanecieron parados con los brazos en alto. También advirtieron que el piso fue cambiado en algunos sectores. No se inspeccionaron el resto de las edificaciones ni se buscó el patio del que muchos sobrevivientes hablaron, ni los bancos de cemento en los que permanecieron sentados.
Por otra parte, personal de la Prefectura confirmó que aquellas dependencias cuentan con acceso directo al río y la posibilidad de embarcarse a una distancia no muy lejana.
También en este lugar se pudo observar que no existe ninguna señal que indique que aquel lugar fue utilizado para torturar y alojar personas secuestradas. Tampoco pudo observarse ninguna medida que tienda a resguardar el lugar de posibles modificaciones.

Hospital Naval Río Santiago, Ensenada
El tercer lugar visitado fueron las instalaciones de lo que alguna vez fue el Hospital Naval Río Santiago, cuyo predio se encuentra entre las calles 129, 53, 126 y 51 de la ciudad de Ensenada.
El Director Ejecutivo del Hospital Zonal Especializado en Crónicos “El Dique”, Jorge Fernández Alsina, explicó que allí había funcionado el Hospital Militar hasta 1996, año en que fue abandonado el predio por la Armada. De a poco se fueron instalando otras instituciones sanitarias en los diversos edificios. Hoy funcionan allí el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de la Provincia de Buenos Aires, un centro de Rehabilitación Cardio-Respiratoria y Neuro-Ortopédica y la Región Sanitaria XI.
Se pudo observar que los edificios son antiguos, se encuentran esparcidos en un terreno inmenso y el estado de mantenimiento varía entre ellos. Hay varios pabellones de dos o tres pisos y un horno que antiguamente se utilizaba para la quema del material del hospital y era la fuente de calor para el sistema de calefacción por caldera. Uno de los testigos reiteró que creía que allí se quemaron restos humanos durante la dictadura.
El Hospital Naval Río Santiago comenzó a funcionar en 1918. Antes el terreno de este lindaba con el del Batallón de Infantería de Marina 3; apenas estaban separados por un alambre. Hoy se encuentran separados por una calle interna que da acceso al helipuerto de la gobernación de la Provincia de Buenos Aires.
No se inspeccionaron los edificios ni se vio ninguna placa o señalamiento que indicara que en aquel hospital permanecieron personas secuestradas durante la última dictadura.

Batallón de Infantería de Marina 3 "Eleazar Videla", Ensenada
El último lugar inspeccionado fue el predio en donde antes se erigió el Batallón de Infantería de Marina 3, en el terreno ubicado en las calles 126, 53, 122 y 51 de la ciudad de Ensenada.
El BIM 3 funcionó en ese terreno entre 1940 y 2000, año en el que todos los edificios fueron destruidos. Sólo se conservan en el presente parte del muro perimetral, las garitas de guardia y un letrero en lo que era la entrada al predio. En los últimos años se han construido allí edificios para la Facultad de Psicología y la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata.
En la inspección sólo pudo comprobarse la cercanía de unas vías por las que transitaba un tren desde la estación de La Plata hasta Ensenada, hoy con una frecuencia irregular. El testigo Mario Alberto Peláez indicó en un plano el lugar al que había sido llevado para ser torturado, señalando en la distancia dónde estaba ubicado el mismo dentro del predio.
En este lugar existe algún tipo de señalización sobre el funcionamiento en el predio de un Centro Clandestino de Detención, pero no quedó ninguna edificación.

Pedido de ampliación de la acusación
Por la tarde, ya en la sala de audiencias, se escucharon las palabras del defensor oficial Gastón Barreiro en respuesta al pedido de ampliación de la acusación que realizó la querella representada por Pía Garralda y Nicolás Tassara en la audiencia anterior.
Barreiro, en representación de Luis Rocca y Carlos José Ramón Schaller, solicitó que el tribunal rechace el pedido de la querella con argumentos similares a los expuestos en el anterior pedido de ampliación de la acusación formulado por la abogada querellante Guadalupe Godoy. En esta oportunidad dijo compartir parcialmente la postura del Ministerio Público Fiscal y citó el voto del juez Germán Castelli en la resolución del pedido anterior. También solicitó que se revoque el nuevo procesamiento que pesa sobre José Casimiro Fernández Carró pues, según dijo, en la instrucción se le dictó falta de mérito en su intervención en los delitos cometidos en perjuicio de Reyna Ramona Leguizamón.
Por su parte, Juan José Barragán, defensor de Eduardo Antonio Meza, adhirió a los argumentos de la defensa oficial.
El tribunal rechazó el planteo de revocatoria de la defensa oficial y pasó a deliberar. Horas más tarde dieron a conocer su decisión. Reseñaron que la querella representada por Oscar Rodríguez adhirió parcialmente al pedido de ampliación de la acusación que pesa sobre Carlos José Ramón Schaller por los casos de Roberto Miguel Aguirre, Jorge Alberto Arri y Alberto Oscar Lannoo y a Luis Rocca por el de Luis Eduardo Bloga.
También hicieron referencia al escrito presentado por el Ministerio Público Fiscal. En él los fiscales dijeron que hay una causa abierta en la que se investigan hechos similares a los juzgados aquí perpetrados también por la Armada y la Prefectura; en esa causa se investigan los delitos cometidos en perjuicio de Juan Alejandro Aguirre, Miguel Reinaldo Aguirre, Roberto Miguel Aguirre, Jorge Estanislao Bogusas, Manuel Carrete, Luis Ricardo Córdoba, Ana María Nievas y Rosa Francisca Nievas por lo que deben seguir investigándose allí y no en este juicio. Consideraron que los delitos cometidos en perjuicio de Luis Eduardo Bloga y Alberto Oscar Lannoo no están relacionados con los hechos tratados aquí y, finalmente, señalaron que correspondería ampliar la acusación únicamente por el caso de Jorge Alberto Arri; este había sido incluido en el juicio, pero el único imputado por los delitos cometidos en su contra falleció. No dijeron nada sobre José Luis Dervaric.
A continuación la secretaria del tribunal leyó la decisión del juez César Álvarez, quien consideró que los hechos por los que se solicitó la ampliación de la acusación están relacionados con los que llegaron a juicio y que los elementos presentados por la querella eran suficientes para realizar la acusación. A su vez, el juez Carlos Alberto Rozanski adhirió a los dichos de Álvarez y agregó que:
"la presentación realizada por la querella encabezada por ¡Justicia Ya! debe ser interpretada en el contexto del derecho de la víctima al debido proceso en el paradigma actual de los derechos humanos que rige estos juicios y que es idéntico al que tienen derecho los imputados, paradigma que además de los delitos de lesa humanidad y por mandato constitucional (...) debe imperar en todos los procesos penales que se lleven a cabo en nuestro país. Así, cuando la querella explica en profundidad la esencia del razonamiento por el cual invocan el derecho a ampliar la imputación, este no es otro que el derecho de las víctimas a un debido proceso real, no aquel que los viejos dogmas anteriores al modelo actual en vigencia desarrollaban, donde se sacrificaba la víctima en aras del debido proceso que sólo, y por razones puramente teóricas y retrógradas, otorgaba garantías a los acusados. Entiendo que la argumentación de la fiscalía carece de razón, toda vez que el planteo de los querellantes debe ser leído en el contexto de la definición de Foucault de responsabilidad del derecho como productor de verdad; porque si en nombre de supuestas garantías se le niega a las víctimas el derecho de esa verdad -y es obvio que enviar los planteos a la instancia anterior donde dormirán el sueño de los justos es profundamente injusto- esos derechos invocados por el Ministerio Público Fiscal no producen verdad y por esa razón el proceso no termina siendo justo para el conjunto de las víctimas".
Finalmente, el juez Germán Castelli opinó que no debía hacerse lugar al pedido de ampliar la acusación con idénticos argumentos a los expresados en su anterior resolución.
Por lo tanto, por mayoría de los jueces Álvarez y Rozanski se amplió la acusación que pesa sobre Eduardo Antonio Meza y Carlos José Ramón Schaller por privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público en abuso de sus funciones, agravada por haberse cometido con violencia o amenazas, y aplicación de tormentos agravada en perjuicio de los hermanos Juan Alejandro, Miguel Reinaldo y Roberto Miguel Aguirre, Jorge Alberto Arri, Jorge Estanislao Bogusas, Manuel Carrete, Luis Ricardo Córdoba, José Luis Dervaric, Alberto Oscar Lannoo, y las hermanas Ana María y Rosa Francisca Nievas.
También aceptaron acusar a Luis Rocca por la privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público en abuso de sus funciones, agravada por haberse cometido con violencia o amenazas, y aplicación de tormentos agravada en perjuicio de Luis Eduardo Bloga.

Declaraciones indagatorias
A continuación se hicieron saber las nuevas imputaciones y se indagó a los imputados Roberto Eduardo Fernando Guitián, Carlos José Ramón Schaller, Eduardo Antonio Meza y Luis Rocca. En ese orden los cuatro acusados se negaron a declarar; solamente Schaller agregó que negaba los hechos que se le imputan y se declaró inocente.
Por otra parte, el tribunal hizo saber que al regresar de la inspección ocular al mediodía, la defensa de José Casimiro Fernández Carró presentó un certificado médico según el cual el acusado no podría prestar declaración indagatoria por presentar un cuadro de faringitis y bronquitis. El presidente del tribunal reconvino a la defensa por no haber informado antes sobre esta situación. El abogado Barreiro aclaró que también la defensa tomó conocimiento de aquella situación en forma sorpresiva.
El tribunal resolvió por mayoría de los jueces Álvarez y Rozanski dirigirse al domicilio del imputado a fin de tomarle declaración indagatoria. El juez Castelli opinó que no correspondía hacerlo por una cuestión humanitaria, que la declaración no revestía urgencia y que podría hacerse en otra fecha o ir con un médico para verificar la situación. Por lo tanto, acordaron que los jueces, la defensa, la fiscalía y las querellas que quisieran realizar preguntas se trasladaran hasta el domicilio de Fernández Carró.

Asimismo, se dio por concluida la etapa de declaraciones testimoniales, habiéndose escuchado un total de cincuenta y ocho testigos. Las partes no presentaron objeciones a la incorporación por lectura de prueba y acordaron tomar conocimiento por escrito de la nueva documentación recibida por el tribunal.


La próxima audiencia fue convocada para el miércoles 7 de octubre a partir de las 9.30 hs. Se prevé escuchar el alegato del Ministerio Público Fiscal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario